A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Diana Constanza Fajardo Rivera·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
- Declarar infundado por causal de tener interés en la decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La magistrada Diana Fajardo Rivera presentó impedimento para conocer y participar en la decisión del expediente de la referencia, con fundamento en la causal prevista en el numeral 1º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, concerniente a la existencia de un interés en la actuación procesal.
Lo anterior, porque participó directamente en la elección del actual Registrador Nacional del Estado Civil, en tanto que dicho nombramiento se realizó en el año 2023 cuando ella fungía como presidente de la Corporación.
Consideró que, al haber concurrido en la elección del representante titular de uno de los sujetos procesales implicados en la acción de tutela asignada, se incurre en la causal mencionada.
Concluyó la Sala Plena que el impedimento formulado no demostró un posible interés de la magistrada, por cuanto la decisión que se adopte en el proceso no tiene utilidad, ni le reporta provecho o menoscabo a ella o a sus parientes más cercanos.
Se precisó, además, que la participación en el proceso de elección del Registrador Nacional no se relaciona con la materia sobre la que puntualmente versa el caso objeto de la solicitud de amparo, ni se ve comprometido el trámite ni la decisión del proceso de elección en que ella participó.
Con base en lo anterior, se concluyó que no se configura la causal invocada y, por ello, se declaró INFUNDADO el impedimento analizado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- Único: DECLARAR INFUNDADO el impedimento declarado por la magistrada Diana Fajardo Rivera para decidir en sede de revisión el proceso de tutela T-10.128.904, promovido por la Registraduría Nacional del Estado Civil en contra del Juzgado 58 Administrativo de Bogotá y la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.